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Opciones Alternativas Para Votar

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¿De qué otras formas puedo votar sin tener que ir al lugar de votación el Día de las Elecciones? En algunos casos, puede (1) votar por correo, (2) votar anticipadamente en persona o (3) votar desde su automóvil a través de la acera.

Votar por Correo

¿Qué es el voto por correo?

Votar por correo significa que puede recibir una boleta por correo, marcarla y enviarla por correo para que se cuente.

¿Quién es elegible para votar por correo?

Cualquiera que sea un votante registrado y que sea:

  • Estará fuera de su condado el Día de las Elecciones y durante la votación anticipada;
  • Enfermo o tiene una discapacidad;
  • 65 años de edad o más el Día de las Elecciones;
  • Confinado en la cárcel, pero todavía es elegible para votar; o
  • Se espera que dé a luz dentro de las tres semanas anteriores o posteriores al Día de las Elecciones.

¿Cómo obtengo una boleta de voto por correo?

  • Envíe una solicitud de voto por correo al secretario de votación anticipada de su condado. Para obtener el nombre y la dirección del secretario de votación anticipada, puede comunicarse con la Oficina de la secretaria del Estado al 1-800-252-8683.
  • Puede enviar una solicitud de voto por correo vía por correo, servicio de entrega o, en algunos casos, por fax (si la oficina del secretario de votación de su condado tiene una máquina de fax y si envía su solicitud desde fuera del condado).
  • Además, si va a votar anticipadamente porque se irá el Día de las Elecciones, puede pedir una solicitud en persona en la oficina del funcionario electoral del condado para obtener una boleta de voto por correo. Debe hacerlo en persona y antes del primer día de votación anticipada (generalmente el día 17 antes de la elección).

¿Cómo obtengo una solicitud de voto por correo?

Obtenga una solicitud oficial del Secretario de Votación Anticipada de su condado o de la Oficina de la Secretaria del Estado. También puede llamar a esas oficinas y pedir que le envíen una solicitud por correo. Para solicitar boletas por correo para todas las elecciones del condado en el año calendario, puede solicitar una sola solicitud, llamada Solicitud de Boleta por Correo (ABBM). Las mismas fechas de presentación se aplican a esta solicitud. También puede descargar un PDF del formulario ABBM en la página web Solicitud de Boleta por Correo de la secretaria del Estado.

¿Necesito usar el formulario de solicitud oficial?

No. Puede enviar una carta solicitando una boleta de voto por correo, siempre que la carta sea por escrito e incluya la información que se detalla a continuación.

  • Su firma (o la firma de un testigo si no puede firmar)
  • Su nombre
  • La dirección donde está registrado para votar
  • La dirección a la que desea que se le envíe la boleta por correo (ver a continuación)
  • El número de identificación en su Tarjeta de Identificación de Texas, licencia de conducir, Certificado de Identificación Electoral. Si no tiene ninguna de esas formas de identificación, puede usar los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social.
  • La fecha de la elección para la que desea la boleta
  • Para qué elección desea la boleta (y si se trata de una elección primaria, debe indicar la primaria del partido político en el que desea votar)
  • La razón por la cual es elegible para votar anticipadamente por correo

¿Puedo enviar la boleta por correo a una dirección diferente a la de mi casa?

Quizás. La regla general es que la boleta debe enviarse por correo a la dirección en la que está registrado para votar. Sin embargo, si dice en su solicitud que estará fuera de su condado el Día de las Elecciones, puede pedir que se le envíe por correo a otra dirección. Además, si tiene 65 años de edad o más, o tiene una discapacidad física, puede solicitar que le envíen su boleta por correo a un hospital, hogar de ancianos, centro de atención de largo plazo, centro de retiro o algún familiar, pero debe marcar en la solicitud del formulario que diga cual dirección está proporcionando.

¿Puedo pedirle a alguien que me ayude a llenar la solicitud

Sí. Si necesita ayuda para completar el formulario o enviarlo por correo, pídale a alguien de su confianza. Si alguien le ayuda a llenar la solicitud, debe escribir el nombre y la dirección de esa persona junto a su firma en la solicitud. La persona que lo ayude también debe firmar la solicitud.

¿Cuándo solicito una boleta de voto por correo?

Puede enviar su solicitud al Secretario de Votación Anticipada no más antes que 60 días antes del Día de las Elecciones y no más temprano que once (11) días antes del Día de las Elecciones. Si el undécimo (11) día antes del Día de las Elecciones caiga en un fin de semana, el último día para presentar una solicitud es el viernes anterior.

¿Qué pasa si mi boleta no llega?

Si está registrado para votar y no recibe una boleta, llame a la oficina electoral de su condado. Ellos verificarán que su registro de votante esté actualizado. Si es así, le enviarán por correo una boleta de reemplazo.

¿Cuál es la fecha límite para devolver una boleta de voto por correo?

El Secretario de Votación Anticipada debe recibir su boleta marcada antes de las 7 p.m. el Día de las Elecciones.

Excepción: Si envía su boleta por correo desde fuera de los Estados Unidos, el Secretario de Votación Anticipada debe recibir su boleta antes del quinto día después del Día de las Elecciones, y debe enviarla por correo n más tardar que las 7:00 p. m. el Día de las Elecciones.

¿Cómo sé si acaso se recibió mi boleta?

Puede verificar el estado de su boleta a través del Rastreador de Boletas por Correo de la secretaria del Estado. Esta herramienta registra cuándo se le envía el sobre de la boleta/portador al votante, recibido por el secretario de votación, y si esa boleta fue aceptada o rechazada. Cada sobre tendrá asignado un número de serie y un código de barras o número de seguimiento.

¿Cuándo se sabrá los resultados de las elecciones?

El conteo de boletas no se comenzará hasta el Día de las Elecciones.

Vote Anticipado en Persona

¿Quién es elegible para votar anticipadamente en persona?

Cualquier votante registrado puede votar anticipadamente en persona, por cualquier razón.

¿Cuándo es el período de votación anticipada?

Puede votar durante el período de votación anticipada que comienza 17 días antes del Día de las Elecciones y se finaliza 4 días antes del Día de las Elecciones.

¿Dónde puedo votar anticipadamente?

Durante el período de votación anticipada, puede votar en cualquier sitio de votación anticipada que le resulte conveniente dentro de su condado. No tiene que votar en su precinto.

¿Cómo averiguo dónde se encuentran los lugares de votación anticipada?

  • Llame al Secretario de Votación Anticipada de su condado.
  • Puede obtener el número de teléfono buscando en la sección del gobierno de su guía telefónica o llamando al servicio de información.
  • También puede llamar a la Oficina de la secretaria del Estado al 1-800-252-8683 o visitando su página web de Deberes Electorales para obtener información de contacto del Administrador de Elecciones de su condado.

Votación en la acera

¿Cómo funciona la votación en la acera?

Si físicamente no puede entrar al lugar de votación, puede pedirle a un funcionario electoral que le lleve una boleta a su automóvil en la acera o a la entrada del lugar de votación. Después de marcar la boleta, entréguesela al funcionario electoral, quien la pondrá en la urna. O, si lo solicita, un acompañante puede entregarle una boleta y depositarla por usted.

¿Debo llamar con anticipación?

Es una buena idea llamar con anticipación si planea ir solo para que el funcionario electoral lo esté esperando. Si no puede conducir, piense en pedirle a un amigo o familiar que lo lleve al centro de votación. Llame al Oficial Electoral de su condado e infórmeles que desea votar anticipadamente y el número de su precinto. El oficial del condado notificará a los trabajadores electorales. Puede encontrar información de contacto del Oficial Electoral de su condado llamando a la Oficina de la secretaria del Estado al 1-800-252-8683 o visitando su página web de Deberes Electorales .

¿Quién es elegible para votar en la acera?

Cualquier votante que:

  • tiene una discapacidad;
  • tiene 65 años de edad o más;
  • no puede entrar al lugar de votación en el que está registrado para votar; o
  • no puede esperar en línea para votar.

¿Exactamente desde dónde voto?

Puede votar fuera de su lugar de votación en el área de estacionamiento disponible más cercana al automóvil en el que viajó al lugar de votación.

¿Cuándo puedo votar en la acera?

Está disponible durante la votación anticipada y el Día de las Elecciones en todos los lugares de votación.

Otra información importante

  • 60 días antes del Día de las Elecciones: primer día para enviar su solicitud para votar por correo
  • 17 días antes del Día de las Elecciones: primer día para votar anticipadamente en persona
  • 11 días antes del Día de las Elecciones: último día para enviar su solicitud de boleta de voto por correo
  • 4 días antes del Día de las Elecciones: último día para votar anticipadamente en persona
  • Día de las Elecciones – 7 p.m. es la fecha límite para recibir las boletas de voto por correo, o si se envían por correo desde fuera de los EE. UU., a las 7 p. m. es la fecha límite para enviarlas por correo.
  • La ley de Texas exige que todos los lugares de votación anticipada y del Día de las Elecciones sean físicamente accesibles para los votantes con discapacidades.
  • Para obtener el nombre, número de teléfono, número de fax o dirección del Secretario de Votación Anticipada en su condado, visite la página web de Deberes Electorales.
  • Para obtener una solicitud de voto por correo, visite la página web Solicitud de Boleta por Correo del secretario del Estado.

Para obtener información adicional, comuníquese con:
División de Elecciones de la secretaria del Estado
CORREOS. Caja 12060
Austin, Texas 78711-2060
512-463-5650 o 800-252-VOTE (8683)
Fax: 512-475-2811; TTY: 7-1-1

Sitio web de la Secretaría del Estado de Texas

Si necesita ayuda para registrarse para votar, si tiene preguntas sobre la votación o si cree que se ha violado alguno de sus derechos de voto, comuníquese con Disability Rights Texas al 1-888-796-VOTE (8683) o envíe un correo electrónico vote@drtx.org.

 

Última actualización: 1 de febrero de 2022
Fecha de creacion: 26 de marzo de 2020
Código de Publicación: HA02S


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Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.

Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.

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