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Folleto de Derechos de los Discapacitados en Texas
Para solicitar este folleto en Lengua de Señas Americana (ASL, por sus siglas en inglés), Braille o como un archivo de audio, contáctenos.
Derechos de las personas que reciben servicios voluntarios para la salud mental para pacientes hospitalizados
Este folleto explica sus derechos cuando busca tratamiento voluntario para la salud mental para pacientes hospitalizados.
¿Quién puede solicitar la admisión voluntaria a un centro de salud mental para pacientes hospitalizados?
- Una persona de 16 años o más.
- Uno de los padres, el/la titular de patria potestad o tutor de una persona menor de 18 años.
- Un padre, tutor principal o tutor puede solicitar la admisión incluso si el posible paciente no da su consentimiento. Los jóvenes en cuidado de crianza pueden ser admitidos voluntariamente, pero deben tener una enfermedad mental o demostrar síntomas de un trastorno emocional grave y presentar un riesgo de daño grave para sí mismos o para otros si no se los restringe u hospitaliza de inmediato.
¿Cuáles son mis derechos en general como paciente voluntario?
Cuando busca la admisión voluntaria en un centro de salud mental para pacientes hospitalizados, es posible que no pueda dejar el centro, incluso si cambia de opinión. En determinadas situaciones, el centro puede presentar una solicitud para servicios de salud mental ordenados por un tribunal, incluso si inicialmente acudió a ellos de forma voluntaria.
Como paciente voluntario, tiene los siguientes derechos:
- A ser informado de sus derechos sobre el tratamiento y el alta dentro de las 24 horas posteriores al ingreso. Si es menor de edad, uno de sus padres, su titular de patria potestad o tutor también deben ser informados de estos derechos.
- A recibir información sobre todos los medicamentos con prescripción recetados por su médico tratante. Esta información también se puede proporcionar a su familia cuando la solicite, en la medida en que lo permitan las leyes de confidencialidad.
- A salir del centro dentro de las cuatro horas posteriores a la firma de una solicitud por escrito para salir, a menos que el hospital presente una solicitud de internamiento involuntario (consulte a continuación para obtener información sobre sus derechos si desea salir del centro).
- A ser revisado periódicamente para determinar su necesidad de tratamiento continuo como paciente hospitalizado.
¿Cuáles son mis derechos si decido que quiero salir del centro?
Los pacientes voluntarios tienen derecho a solicitar el alta, pero no todas las solicitudes de alta se conceden. Si su médico tratante determina que necesita quedarse, él / ella debe buscar una orden judicial para que permanezca en el centro. El proceso para solicitar el alta se describe a continuación.
- La solicitud de alta debe presentarse por escrito y presentarse ante el administrador del centro o alguien que ellos designen para manejar estas solicitudes. Si hace una solicitud verbal para salir, un miembro del personal debe ayudarlo a preparar una solicitud por escrito para que la firme lo antes posible. Muchos centros tienen un formulario estándar para la solicitud del alta, por lo que puede solicitar una copia.
- El centro debe notificar a su médico dentro de las 4 horas posteriores a su solicitud por escrito para salir. Si su médico no está disponible, el centro debe notificar a cualquier médico que esté disponible.
- El médico debe autorizar su alta antes de que finalice el período de 4 horas, a menos que tenga una “causa razonable” para creer que usted podría cumplir con los criterios para los servicios involuntarios.
- El médico debe notificarle si tiene la intención de detenerlo más allá del período inicial de 4 horas o si planea solicitar una orden de tratamiento involuntario.
- Si el médico decide que aún no está listo para irse, debe volver a examinarlo en un plazo de 24 horas para determinar qué otros servicios de salud mental necesita, si es que necesita alguno. Después del examen, si determina que ya no necesita servicios para la salud mental, debe ser dado de alta de inmediato.
- Si el médico no lo da de alta, este debe presentar una solicitud para los servicios para la salud mental ordenados por la corte antes de las 4 p.m. el siguiente día hábil después de evaluarlo. Debido a que los días hábiles no incluyen fines de semana ni feriados, este proceso puede demorar varios días dependiendo del día de la semana en el que realice su solicitud inicial para salir.
- Si recibe el alta, el centro debe prepararle un plan de atención continua. Si no hay tiempo para preparar el plan antes de que se vaya, debe enviárselo a usted o a su representante legalmente autorizado dentro de las 24 horas posteriores a la fecha de salida.
Si vine voluntariamente al hospital, ¿bajo qué circunstancias puede mi médico presentar una solicitud para los servicios para la salud mental ordenados por la corte?
Su médico no puede presentar una solicitud para servicios para la salud mental ordenados por la corte a menos que usted haya solicitado ser dado de alta del centrooque su médico crea que cumple con los criterios para los servicios para la salud mental ordenados por la corte y una de las siguientes circunstancias se aplique:
- Usted abandone el centro sin autorización.
- Usted no tiene la capacidad para dar su consentimiento para el tratamiento que su médico considera necesario.
- Usted no está de acuerdo con el tratamiento que su médico considera apropiado y necesario.
Incluso si su médico le pide a la corte una orden que requiere que usted permanezca en el centro, el juez será quien decida si debe ser internado.
Si cree que se han violado sus derechos como paciente voluntario, debe comunicarse con el Oficial de Derechos del Cliente del centro para obtener ayuda de inmediato. Si se encuentra en unhospital estatal, tiene derecho a presentar una queja ante la Oficina de Servicios al Consumidor y Protección de Derechos al 1-800-252-8154. Si se encuentra en uncentro psiquiátrico privado, tiene derecho a presentar una queja ante el Grupo de Cumplimiento de Centros de Salud del Departamento de Servicios de Salud del Estado al 1-888-973-0022.
Última actualización: 10 de septiembre de 2022
Código de Publicación: IR04S
www.DRTx.org
Admisión estatal: 1-800-252-9108
Llamada de video para lenguaje de signos: 1-866-362-2851
Llamada de video Púrpura 2: 512-271-9391
Admisión en línea disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana: intake.DRTx.org
Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.
Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.
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